Viajar a un país extranjero puede ser inspirador y emocionante. La oportunidad de participar en un intercambio cultural, dominar una lengua extranjera e incluso encontrar una nueva trayectoria profesional puede ser difícil de resistir. Esta es una de las muchas razones por las que tantos visitantes en Estados Unidos buscan un cambio de estatus de visado J-1 . Aunque no le recomendamos que cambie de estatus y complete su programa, entendemos que las cosas suceden.
Si has venido a Estados Unidos para divertirte, pero quieres quedarte para trabajar, las prácticas son una de las mejores maneras de abrirte camino. Unas prácticas internacionales en Estados Unidos son también una excelente manera de ampliar tus conocimientos globales y tu red de contactos profesionales. Puedes adquirir experiencia real y prepararte para el mercado laboral.
En Intrax Global Internshipscolaboramos con miles de empresas que buscan contratar a los mejores talentos como becarios internacionales. Como patrocinador del visado J-1 designado por el Departamento de Estado de Estados Unidos, ayudamos a las empresas y a los becarios a simplificar y navegar por las legalidades del trabajo transfronterizo, a distancia o en persona.
Ni que decir tiene que si lo que busca es convertir su visita en una oportunidad de prácticas J-1, ¡ha venido al lugar adecuado!
En este artículo hablaremos de lo siguiente:
- ¿Qué es un visado J-1?
- Razones para adquirir un visado J-1
- Requisitos para cambiar de visado
- Cómo puede ayudar Intrax Global Internships
¿Qué es un visado J-1?
Entonces, ¿qué es el visado J-1 y por qué debería importarle a un no inmigrante interesado en hacer prácticas en Estados Unidos?
El visado J-1 es una de las muchas opciones de visado creadas por el Programa de Visitantes de Intercambio (PVE) del Departamento de Estado de EE.UU. para fomentar una economía y una diplomacia mundiales sólidas. Este tipo de visado permite a estudiantes universitarios y profesionales extranjeros participar en programas educativos y culturales en Estados Unidos durante un periodo determinado.
El programa de visados J-1 ofrece programas en las siguientes categorías:
- Au Pair
- Consejero de campamento
- Estudiante universitario
- Visitante del Gobierno
- Becario
- Visitante internacional
- Médico
- Profesor
- Becario de investigación
- Estudiante de secundaria
- Becario de corta duración
- Especialista
- Iniciativas STEM
- Viajes de trabajo en verano
- Profesor
- Becario
La duración del visado J -1 varía en función del tipo de programa J-1, pero la mayoría de los becarios pueden permanecer hasta 12 meses.
Para poder optar a un visado de prácticas J-1, debe estar matriculado y cursar estudios en una institución académica extranjera de enseñanza superior fuera de Estados Unidos que expida títulos o certificados, o haberse graduado en una institución de este tipo como máximo 12 meses antes de la fecha de inicio.
También hay que tener en cuenta las limitaciones y excepciones. Por ejemplo, los becarios no pueden trabajar en puestos no cualificados u ocasionales ni en funciones que incluyan el cuidado de niños, ancianos o cualquier otro tipo de atención o contacto con pacientes médicos. Además, los becarios no pueden trabajar en puestos que requieran más de un 20% de trabajo administrativo o de apoyo de oficina.
Para obtener un visado J-1, necesitará realizar prácticas en una de las siguientes categorías profesionales:
- Agricultura, silvicultura y pesca
- Arte y cultura
- Construcción y oficios de la construcción
- Educación, ciencias sociales, biblioteconomía, asesoramiento y servicios sociales
- Profesiones relacionadas con la salud
- Hostelería y turismo
- Medios de información y comunicación
- Gestión, empresa, comercio y finanzas
- Administración pública y Derecho
- Ciencias, ingeniería, arquitectura, matemáticas y profesiones industriales
Para obtener un visado J-1, tendrá que trabajar con un patrocinador de visados como nosotros.
Motivos para cambiar el estatus de un visado J-1
Ahora que ya sabe lo que es el visado J-1, se preguntará si el titular de un visado J-1 puede cambiar de estatus. La respuesta corta es sí. Pero hay directrices y requisitos específicos que debes tener en cuenta dependiendo de tu situación.
Casi todos los extranjeros que visitan Estados Unidos necesitan un visado para entrar. Además, hay más de 40 categorías de visados de no inmigrante que se utilizan para un fin específico. Si un visitante se encuentra en una situación en la que sus circunstancias originales han cambiado, puede que tenga que solicitar un cambio de estatus.
Algunas de las razones más comunes son las siguientes:
- Cambio de un visado de turismo, aunque le aconsejamos que no cambie su estatus j1
- Ampliación de la duración del programa
- Traslado a un nuevo programa
- Cambiar de tipo de visado
Desglosemos cada escenario.
Otro ejemplo podría ser que se requiera una extensión del programa si usted firmó para un programa de pasantías J-1 de seis meses, pero su programa quiere que usted permanezca por tres meses adicionales. En este caso, tendrás que solicitar una prórroga del visado J-1. [Las prórrogas más allá de la duración máxima del programa están permitidas en determinadas categorías de programas por circunstancias excepcionales, pero deben ser aprobadas por el Departamento de Estado]. Usted tendría que discutir y trabajar con su patrocinador del programa J-1 para solicitar una extensión del programa J-1.
Si ha decidido cambiar de organización de acogida a mitad de camino, es posible que se le permita transferir su estatus de visado a la nueva organización de acogida. Sin embargo, el programa debe pertenecer a la misma categoría que el visado original. Por ejemplo, si originalmente obtuviste un visado J-1 para realizar unas prácticas en el sector de la hostelería y el turismo, el nuevo programa deberá pertenecer al mismo sector.
Por último, puede que te encuentres al final de la duración de tu visado J-1, pero tengas una nueva oportunidad que requiera que te quedes en Estados Unidos. quizás hayas terminado tu programa en finanzas y quieras adquirir un visado de categoría H para convertirte en analista financiero estadounidense. En casos como éste, puede que tus opciones se vean limitadas debido a la regla de los 2 años, que establece que algunos titulares de visados J no pueden cambiar de estatus de visado, no pueden convertirse en residentes permanentes legales y no pueden recibir visados de determinadas categorías hasta que o bien
- Regreso a su país de origen o último país de residencia permanente durante dos años acumulativos
- O aceptar una dispensa para este requisito
Si se encuentra en una de estas situaciones, asegúrese de seguir de cerca el proceso de solicitud. Hay un montón de normas y reglamentos que cumplir.
El visado J-1 es un visado de no inmigrante y todos los Visitantes de Intercambio que participen en el programa deberán prever el regreso a su país de origen al término de su programa J-1.
Programa de exención de visado
El VWP permite a los no inmigrantes de los países participantes viajar a Estados Unidos por turismo o negocios durante 90 días o menos sin necesidad de obtener un visado. Los viajeros necesitarán una aprobación válida del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) antes de su visita y deberán cumplir todos los requisitos.
Se trata de una excelente opción para quienes deseen visitar Estados Unidos por turismo dentro de ese plazo de 90 días. Lamentablemente, si ha entrado en el país a través de este programa, no podrá cambiar la situación de su visado.
Siempre que tenga previsto visitar Estados Unidos, le recomendamos que planifique y se asegure de solicitar el visado correcto desde el principio.
Pasemos ahora a los requisitos para cambiar de visado.
Requisitos para cambiar de visado
Aunque el Programa de Intercambio de Visitantes del Departamento de Estado facilita que los estudiantes internacionales aprendan y trabajen en Estados Unidos, cambiar de estatus no es tan sencillo. Por suerte, llevamos décadas sorteando estas reglas.
Una advertencia: Le recomendamos que inicie el proceso de solicitud para cambiar su estatus tan pronto como determine que necesita cambiar a una categoría diferente. Hasta que no haya recibido la aprobación de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU., no cambie su actividad en Estados Unidos.
Requisito de dos años de residencia en el extranjero
No está garantizado que puedas superar la regla de los 2 años del visado J-1. Algunas categorías de titulares de visados J-1 necesitan cumplir un periodo acumulativo de 2 años de residencia en el extranjero antes de poder solicitar otro.
¿A quién se aplica este requisito de residencia? Están sujetos a esta política los titulares de visados J-1 que hayan participado en
- un programa financiado por el gobierno de Estados Unidos
- un programa financiado por una agencia del gobierno de su país de residencia permanente
- un programa financiado por una organización internacional
- un programa centrado en un campo con conocimientos especializados, como la ingeniería, el derecho, las ciencias biomédicas, la construcción, la logística y la administración pública
- un programa de formación médica de posgrado
Aún puede solicitar una exención si se encuentra en una de estas categorías. Hay razones por las que puede recibir una exención, entre ellas:
- Has recibido una Declaración de No Objeción emitida por tu país de origen o por la embajada de tu país de origen.
- Es médico en ejercicio y ha aceptado un trabajo a tiempo completo prestando servicios médicos en una zona necesitada.
- Si una agencia estadounidense determina que su presencia en el país redunda en interés público.
- Si le han concedido una dispensa por dificultades especiales y tiene un cónyuge o un hijo que sea ciudadano estadounidense.
- Si va a sufrir persecución por su afiliación política, raza o religión en su país de origen.
De nuevo, asegúrese de empezar a cambiar su situación de visado lo antes posible. Navegar por esta normativa puede llevar semanas y meses.
Requisitos para prolongar la estancia [Sólo para circunstancias atenuantes].
Si sólo desea prorrogar la estancia de su visado J-1 en Estados Unidos, usted o su empleador deben presentar una solicitud al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) con el formulario I-539 antes de que expire su visado actual. Debe presentar esta solicitud al menos 45 días antes de que expire su estancia autorizada para evitar que se le prohíba regresar o se le deporte.
Según el USCIS, puede optar a prorrogar su estancia si:
- Ha sido admitido legalmente en Estados Unidos con un visado de no inmigrante
- Su visado de no inmigrante sigue siendo válido
- No ha cometido ningún delito que le impida obtener un visado
- No ha incumplido las condiciones de su admisión
- Su pasaporte es válido y seguirá siéndolo durante su estancia
Recuerde que si fue admitido en Estados Unidos a través de un Programa de Exención de Visado, un visado de no inmigrante D, un visado de no inmigrante C, un visado de no inmigrante K o un visado de no inmigrante S, no cumplirá los requisitos.
Otros cambios en los visados
Hay algunas circunstancias en las que puede querer cambiar su estatus de visado a un visado de no inmigrante H o a un visado de no inmigrante F. Por ejemplo, puede que ya hayas realizado algunas prácticas en Estados Unidos y estés buscando nuevas vías.
El visado H1B está destinado a los no inmigrantes que ejercen profesiones especializadas, prestan servicios de mérito y capacidad excepcionales relacionados con un proyecto cooperativo de investigación y desarrollo del Departamento de Defensa, o prestan servicios como modelo de moda de mérito o capacidad excepcionales.
El visado F1 está reservado a los estudiantes no inmigrantes que desean vivir temporalmente en EE.UU. para cursar sus estudios. Esto les permite matricularse en un programa académico estadounidense o en un programa de inglés y mantener la condición de estudiante a tiempo completo.
Cambio de visado J-1 a H-1
Si desea cambiar de un visado J-1 a un visado H-1B, tendrá que cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Debe haber completado una licenciatura o grado superior en el campo de su conjunto de habilidades especializadas. El título debe haberse obtenido en una institución estadounidense acreditada o en una universidad extranjera reconocida.
- Debe ser titular de una licencia, certificación o registro estatal sin restricciones que le permita desempeñar un trabajo en el campo de su especialidad en el estado en el que vaya a residir.
Por ejemplo, si quiere ejercer la abogacía en Massachusetts, tendrá que aprobar el examen correspondiente.
Además, debe tener pruebas de que su trabajo requiere un título de licenciatura o superior, que la naturaleza de su trabajo requiere habilidades derivadas de ese título de licenciatura y que su empleador requiere ese título para desempeñar el trabajo.
Si cumple los requisitos y quiere hacer este cambio, tendrá que hacerlo:
- Encontrar un patrocinador H-1B
- Hacer que su empleador presente una Aprobación de Condiciones Laborales (LCA) al Departamento de Trabajo.
- Haga que su empleador presente el formulario I-129
- Cumplimentar una solicitud en una Embajada o Consulado de EE.UU.
Cambio de visado J-1 a F-1
Supongamos que entró en Estados Unidos a través de un programa de prácticas y desea continuar sus estudios en una institución académica estadounidense. En ese caso, tendrá que solicitar un cambio de estatus de J-1 a F-1. Deberá solicitar este cambio una vez que haya sido admitido en una escuela aprobada por SEVP.
Para poder optar a ella, debe:
- Demuestra tu capacidad económica para pagar la matrícula de todo un año, los gastos de manutención y el seguro.
- Deberá cumplir un requisito de residencia de dos años o recibir una exención.
Para solicitarlo, tendrás que pagar una tasa SEVIS I-901 para inscribirte en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). Tu centro de estudios te proporcionará un formulario I-20 que deberás cumplimentar y presentar en la embajada u oficina consular de Estados Unidos. Allí realizará una entrevista de cambio de visado.
Empiece ya sus prácticas en el extranjero
En Intrax Global Internships , creemos en los beneficios de adquirir experiencia profesional internacional. Por eso ofrecemos un servicio de visado J-1 rápido y fiable que ayuda a los aspirantes a estudiantes internacionales a obtener un permiso de trabajo con visado J-1 para sus prácticas o experiencia formativa en Estados Unidos.
Si no está seguro de trabajar con una empresa para abordar este proceso, permítanos señalarle algunas ventajas de trabajar con Intrax Global Partnerships:
- Emitiremos el DS-2019 en un plazo de dos semanas a partir de la recepción de tus documentos completos para el visado J-1, la realización de una entrevista telefónica contigo y tu empresa de acogida, y la recepción de tu pago.
- Nuestra solicitud y correspondencia en línea facilitan las cosas. Puede completar todo el proceso de solicitud en línea.
- Nuestro programa es asequible. Sólo pagarás una cuota por la duración de tus prácticas. No hay tasas adicionales por el tiempo que pases en EE.UU. antes o después de tus prácticas.
- Trabajaremos directamente con su empresa de acogida para ayudarles a cumplimentar los documentos necesarios.
- Hemos sido designados patrocinadores de visados J-1 por el Departamento de Estado de EE.UU. desde 2003.
Si todavía no tienes unas prácticas en una empresa, ¡también podemos ayudarte! Trabajamos con empresas líderes que creen en la inversión en los mejores talentos de países extranjeros. Desde startups como Robinhood hasta empresas de marketing como Omnium, podemos ofrecerte la oportunidad de prácticas de tus sueños.
Si está listo para iniciar el proceso de solicitud del visado J-1 o solicitar información sobre nuestros programas, ¡estaremos encantados de ayudarle!
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